Objetivos

Planificar las compras y contrataciones es una tarea fundamental porque de esto depende el éxito o no del plan institucional; es un “modelo previo” que permite pensar anticipadamente en la ejecución de cada proceso de contratación, a fin de mejorarla.

El PACC describe todos los procesos de adquisición que serán gestionados por la institución en el año fiscal.

La Ley de Contratación del Estado (LCE) y su Reglamento (RLCE) establecen la responsabilidad, deber y obligación de la administración pública de planificar las actividades de contratación para satisfacer necesidades en tiempo oportuno, mejor costo y calidad. Artículos 5 LCE y 9, 78 y 81 del RLCE.

Articulo 5 LCE: Principio de Eficiencia. La Administración está obligada a planificar, programar, organizar, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de contratación de modo que sus necesidades se satisfagan en el tiempo oportuno y en las mejores condiciones de costo y calidad. Cada órgano o ente sujeto a esta Ley, preparará sus programas anuales de contratación o de adquisiciones dentro del plazo que reglamentariamente se establezca, considerando las necesidades a satisfacer.