Descripción

La Contratación Publica representa una herramienta para el desarrollo económico nacional a través de la implementación de mecanismos que estimulen los mercados nacionales mediante la inclusión de sectores vulnerables de la sociedad dentro del proceso económico general, lo que permite no solamente generar egresos para el estado, sino que estimula toda la economía nacional a través de la generación de empleo, el manejo adecuado de los recursos públicos, la focalización y canalización de los proyectos de inversión con el objeto de impulsar el desarrollo productivo nacional

DIRECCIÓN

Dentro de las funciones como Directora de la ONCAE están:

  • Ejercer la administración y representación de la ONCAE, en el marco de las atribuciones de la Ley de Contratación del Estado, Ley de Compras Eficientes a través de Medios Electrónicos, sus reglamentos y demás normativa aplicable en materia de compras y contrataciones públicas del Estado.
  • Proponer al director Presidencial de Transparencia, Modernización y Reforma del Estado, la planificación anual y el presupuesto requerido; solicitar su modificación de acuerdo con la ley y ejecutarlo conforme a lo asignado.
  • Planificar, dirigir y coordinar el funcionamiento de la ONCAE, supervisar, dar seguimiento a sus actividades y las de sus funcionarios y empleados.
  • Difundir las normas y demás condiciones que se establezcan, para los contratos de obra pública, contratos de suministro de bienes y servicios, convenios marcos, compras conjuntas y subastas inversas, que sean celebrados por los organismos de la Administración Pública en el ámbito de aplicación de la Ley de Contratación el Estado, Ley de Compras Eficientes y Transparentes a través de Medios Electrónicos y sus reglamentos,
  • Formular y ejecutar las políticas que, en materia de compras y contrataciones del Estado, sean dispuestas por la Presidencia de la República, en el marco de la ley.
  • Prestar servicios de asesoría y de coordinación de actividades que orienten y sistematicen los procesos de contratación del sector público.
  • Emitir opiniones y dictámenes en torno a procesos de contratación pública,
  • Promover, coordinar y mantener las relaciones que, en materia de su competencia, se requieran con otros entes públicos nacionales e internacionales.
  • Establecer, en coordinación con el Director Presidencial de Transparencia, Modernización y Reforma del Estado, las normas internas de procedimientos que se consideren necesarias para el buen funcionamiento de la ONCAE y velar por su cumplimiento y autorizar con su firma los documentos necesarios para su funcionamiento.
  • Dirigir y coordinar las estrategias, planes y acciones que permitan la captación de los recursos para la autogestión de la ONCAE y la autorización de los servicios que esta puede brindar a terceros, estableciendo los valores de estos.
  • Solicitar la realización de estudios legales, económicos, técnicos y de cualquier naturaleza que sean necesarios, de conformidad con la Ley de Contratación del Estado y la Ley de Compras Eficientes y Transparentes a través de Medios Electrónicos y sus respectivos reglamentos;
  • Integrar al Comité Consultivo, a otros organismos públicos o privados que considere necesarios en casos específicos.
  • Preparar, proponer y presentar modificaciones o ajustes a la normativa sobre compras y contrataciones.
  • Dar respuesta a los recursos, reclamos y peticiones administrativos introducidos por los interesados.
  • Acordar, denegar, suspender o cancelar la inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas, así como suscribir los actos administrativos donde se decida cualquiera de los aspectos citados, de conformidad a lo establecido en la Ley de Contratación del Estado, Ley de Compras Eficientes y Transparentes a través de Medios Electrónicos, sus reglamentos y demás leyes y normas que lo faculten;
  • Ordenar la apertura e instrucción de un expediente y emitir la resolución que en derecho corresponde, cuando existan pruebas fundadas de que una persona natural o jurídica, incurrió en algunas de las prohibiciones e inhabilidades de contratar, previstas en la ley.

SUBDIRECCIÓN

El Subdirector es el colaborador inmediato del Director, encargado de velar por el cumplimiento de la parte operativa de la ONCAE y representa al director en caso de ausencia temporal o permanente.

Dentro de sus funciones esta:

  • Actuar en representación del director, en ausencias temporales.
  • Actuar como director en casos de ausencias definitivas del titular.
  • Asistir y representar al director cuando este lo decida.
  • Coadyuvar a la ejecución de los planes, programas y proyectos aprobados por la dirección;
  • Asistir al Director en la supervisión y evaluación periódica de la ONCAE y procurar que se adopten los correctivos que corresponden.
  • Proponer al director los planes, programas y proyectos que considere oportuno para el eficaz funcionamiento de la ONCAE.
  • Adoptar, en coordinación con el director, las medidas indispensables para que se brinde a los usuarios, la asistencia e información que se requiere para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
  • Analizar los asuntos, casos y decisiones que se sometan a su consideración por la dirección y emitir las recomendaciones correspondientes.
  • Mantener informado al director sobre el desempeño de sus actividades y apoyar a este y a las demás dependencias de la ONCAE, en el desempeño de sus labores
  • Colaborar con el seguimiento del plan anual operativo, así como de los proyectos y actividades asignadas por la dirección.
  • Las demás funciones que, dentro de los límites legales, le delegue la dirección.