Reseña Histórica
La Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado fue creada en el artículo 30 de la Ley de Contratación del Estado, contenida en el Decreto No. 74 – 2001. Esta oficina está adscrita a la Secretaría de Estado del Despacho Presidencial. Su actividad y funcionamiento están regulados en su Reglamento Interno, el cual fue aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo Número 012-2004, del 10 de mayo de 2004.
La ONCAE es primordialmente un órgano técnico y consultivo del Estado de Honduras.
Principales Responsabilidades
Dictar normas e instructivos de carácter general para desarrollar o mejorar los sistemas de contratación, en sus aspectos operacionales, técnicos y económicos.
La prestación de asesoría y la coordinación de actividades que orienten y sistematicen los procesos de contratación del sector público.
- Estandarizar Documentos
- Mantener actualizado el Registro de Proveedores y Contratistas
- Diseñar y Dirigir el Registro de Contratos
- Capacitar en Materia de Contratación Pública
- Llevar Registros de Multas y Sanciones
- Evaluación y Seguimiento de Procedimientos
- Propender a la Transparencia
- Unificar Criterios en la aplicación de la normativa y procedimientos de Contratación Pública.
- Hacer más eficiente la Gestión de Contratación.
- Fomentar la Participación Ciudadana.
Características
Órgano Desconcentrado
Órgano Técnico
Dependiente de la Secretaría de Estado del Despacho Presidencial.
Funciones
- Establecer y mantener actualizado el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado.
- Diseñar, poner en ejecución y evaluar periódicamente normas y procedimientos operativos relativos al sistema de contratación y adquisiciones, para corregir en forma oportuna la operatividad del sistema.
- Diseñar modelos, tipo de pliegos de condiciones y de Contratos, así como, de manuales para precalificación de contratistas y otros documentos.
- Diseñar y poner en ejecución sistemas de registro informático para procurar la información requerida en los procesos de contratación y adquisiciones.
- Prestar asistencia técnica a las distintas Secretarías de Estado y demás organismos del sector público para la capacitación del personal relativos a la actividad de contratación.
- Preparar anualmente estudios y análisis del comportamiento de precios de bienes y servicios, para su utilización por las distintas dependencias en la preparación de sus proyectos de presupuesto, teniendo como referencia los análisis estadísticos del Banco Central de Honduras, del Instituto Nacional de Estadísticas, de la Cámara Hondureña de la Industria y la Construcción y de otras fuentes de información confiables;
- Realizar estudios para actualizar anualmente los montos de inversión que determinan los procedimientos de contratación previstos en el Artículo 38 de la presente Ley.
- Informar al Presidente de la República, a los órganos responsables de la contratación y al Tribunal Superior de Cuentas según corresponda, sobre la aplicación de las normas y los procedimientos diseñados;
- Estudiar y preparar fórmulas para el reconocimiento de escalamiento de precios y de mayores costos en la contratación administrativa, según dispone la presente Ley, y someterlos al Poder Ejecutivo para su aprobación; y,
- Cumplir otras funciones afines que disponga el reglamento.
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